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Se acaba la informalidad sobre dos ruedas: motos eléctricas sin SOAT, placa o licencia serán multadas desde agosto

Desde el 2 de agosto de 2026, la Policía Nacional del Perú iniciará la aplicación de sanciones a conductores de motos eléctricas que circulen por ciclovías o que no cuenten con documentos obligatorios como placa, SOAT y licencia de conducir.

El crecimiento de las motos eléctricas en el Perú ha marcado una nueva etapa en la movilidad urbana. Cada vez más usuarios eligen este tipo de vehículos por su practicidad, bajo costo de uso y facilidad para movilizarse en la ciudad. Sin embargo, su popularidad también ha generado una gran confusión: muchos conductores creen que, por ser eléctricas, no necesitan cumplir con los mismos requisitos que una motocicleta convencional.

Esa idea está por quedar atrás.

Según informó La República, citando a la Policía Nacional del Perú a través de la Dirección de Tránsito, a partir del 2 de agosto de 2026 se impondrán sanciones contra los conductores de motocicletas eléctricas que circulen en ciclovías. Además, las multas también alcanzarán a los usuarios que no cuenten con los documentos exigidos por ley, como placa, SOAT y licencia de conducir.

Esta medida no significa que la obligación recién empiece en agosto. En realidad, los requisitos para bicimotos y motocicletas eléctricas ya habían sido establecidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El MTC informó que estas unidades deben contar con placa de rodaje, SOAT, tarjeta de propiedad y brevete B2, de acuerdo con la clasificación vehicular correspondiente.

La confusión surge porque no todos los vehículos eléctricos son iguales. El Decreto Supremo N.° 023-2021-MTC define al Vehículo de Movilidad Personal, conocido como VMP, como aquel vehículo eléctrico que se desplaza a una velocidad mayor a 12 km/h y cuya velocidad máxima de construcción es de hasta 25 km/h. Es decir, si una unidad supera ese límite o tiene características propias de una motocicleta, ya no debe ser tratada como un simple scooter o vehículo de movilidad personal.

¿Habrá una ampliación del plazo?

Tras el anuncio de las sanciones, La Asociación de Motos Eléctricas del Perú (AMEP) solicitaron al Gobierno ampliar el plazo de adecuación para que los propietarios puedan regularizar sus vehículos. Sin embargo, hasta la fecha no existe un anuncio oficial del MTC o la PNP que modifique el inicio de la fiscalización, por lo que el 2 de agosto de 2026 sigue siendo la fecha prevista para el comienzo de las multas.

¿Qué documentos debe tener una moto eléctrica?

Si el vehículo está clasificado como motocicleta eléctrica o bicimoto, debe contar con:

  • Placa de rodaje.
  • Tarjeta de propiedad.
  • SOAT vigente.
  • Licencia de conducir correspondiente.
  • Revisión técnica, cuando aplique.

Movilidad eléctrica con responsabilidad

Las motos eléctricas son una excelente alternativa de transporte, pero también deben cumplir las normas de tránsito. Regularizar la documentación y mantener el vehículo en buen estado no solo evita multas, sino que también protege al conductor y a los demás usuarios de la vía.

En CST Tires Perú, promovemos una movilidad eléctrica segura y responsable, porque la seguridad comienza antes de encender el motor.